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DERECHOS DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS AFECTAS A LA LEY N° 17.798 SOBRE “CONTROL DE ARMAS”

  1. Derecho a la certificación de la conformidad de productos, sobre la base de requisitos relacionados con la seguridad de los mismos.
  2. Derecho a ser informado en forma veraz, suficiente, precisa, oportuna e idónea, respecto de los productos y/o servicios entregados.
  3. Derecho a solicitudes, sugerencias, quejas (reclamos) y/o apelaciones, de acuerdo a los mecanismos establecidos en la legislación vigente.
  4. Derecho a ser orientados en sus actividades, sobre aspectos legales, administrativos y técnicos en el marco de las disposiciones legales emitidas.
  5. Derecho a tener respuesta oportuna en las actuaciones legales, administrativas y técnicas, en el marco de las disposiciones legales emitidas.
  6. Derecho a la confidencialidad cuando expresamente se solicite, considerando que las actuaciones y documentos exigidos en el marco de la legislación de armas, son de carácter público.
  7. Derecho a solicitar el uso del nombre del organismo de certificación y la manera de hacer referencia a la certificación otorgada en documentos y productos de la persona natural o jurídica controlada, previa autorización escrita del Banco de Pruebas de Chile.
  8. Derecho a establecer en el embalaje de los productos gestionados por la persona natural o jurídica, la marca de conformidad o de certificación del Banco de Pruebas de Chile, siempre y cuando esto se encuentre debidamente autorizado por Resolución Legal de la Dirección General de Movilización Nacional.

 

DEBERES DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS AFECTAS A LA LEY N° 17.798 SOBRE “CONTROL DE ARMAS”

a. Deber de dar cumplimiento en forma integral a lo dispuesto en la Ley N° 17.798 sobre “Control de Armas” y documentos relacionados.

b. Deber de actuar con transparencia, profesionalismo e idoneidad en su relación de trabajo con el Banco de Pruebas de Chile y con los usuarios finales de productos y/o servicios.